• 10 consejos para que la Declaración de la Renta sea más fácil

    10 consejos para que la Declaración de la Renta sea más fácil

    Pasa otro año y, con la llegada de la primavera, empieza la época donde los contribuyentes tienen que rendir cuentas sobre su situación fiscal a la Agencia Tributaria. Sin embargo, antes de ponerse manos a la obra hay que considerar diferentes cuestiones.

    • ¿Cuándo se puede presentar?

    Los contribuyentes que prefieran la vía web o telefónica para hacer la Declaración de la Renta pueden presentar la documentación a partir del 4 de abril de 2018, mientras que los que opten por la manera presencial deben esperar al 10 de mayo de 2018. La fecha límite en la que acaba la campaña es el 2 de julio de 2018.

    • ¿Qué pasa si se entrega fuera de plazo?

    Hay una penalización para los contribuyentes que se pasen del plazo. Si es el contribuyente el que se da cuenta del error tendrá una sanción de entre un 5% y un 20%, mientras que si es la Agencia Tributaria la que reclama la Declaración de la Renta el recargo se puede elevar de un 50% a un 150%.

    • ¿Quién está obligado a hacer la Declaración de la Renta?

    La Declaración de la Renta debe realizarla toda persona con un rendimiento íntegro superior a los 22.000 euros. Asimismo, también deben hacerla aquellos con ganancias de más de 12.000 euros anuales siempre que se reciban de más de un pagador y que el segundo abone más de 1.500 euros en el ejercicio.

    Además, también de hacer la Declaración de la Renta todo aquel que reciba algún tipo de pensión compensatoria por parte del cónyuge, aquel que obtenga rendimientos gracias a un capital mobiliario superior a 1.600 euros o aquel que posea viviendas que generen rendimientos del capital inmobiliario por encima de los 1.000 euros.

    • ¿Qué valor tienen los tipos impositivos?

    El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se reparte de la siguiente manera:

        De 0 a 12.450 euros, 19%.

        De 12.451 a 20.200 euros, 24%.

        De 20.201 a 35.200 euros, 30%.

        De 35.201 a 60.000 euros, 37%.

        Más de 60.001 euros, 45%.

    • ¿Hay que comunicar cambios personales?

    Cualquier cambio de domicilio, estado civil o nacimiento de hijos debe quedar plasmado en la Declaración de la Renta.

    • ¿Hay alguna reducción para autónomos?

    Aquellos autónomos que comenzaron su actividad en 2017 pueden acogerse a una reducción de un 20% en los rendimientos netos. No obstante, estos no deben haber sido dados de alta con anterioridad, sus rendimientos netos anuales no deben superar los 100.000 euros, menos de la mitad de dichos ingresos deben proceder de una persona física o entidad de la cual se hayan obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior al inicio de la actividad y el rendimiento de la misma se debe calcular según el método de estimación directa.

    • ¿Incluir el alquiler da beneficios?

    Aunque la deducción estatal se eliminó en diciembre de 2014, esta no afectará a quien firmase su contrato de alquiler antes del 1 de enero de 2015.

    • ¿Declaración de la Renta individual o conjunta?

    Es aconsejable hacer la Declaración de la Renta de manera conjunta si uno de los cónyuges no percibe ningún tipo de ingresos o si estos son muy bajos y no superen los 3.400 euros anuales. Asimismo, en familias monoparentales donde los hijos no reciban rentas.

    Aunque estos son solo unos pequeños consejos que le ayudarán a realizar la Declaración de la Renta, no dude en consultar a Tabor Asesores para cualquier tipo de cuestión relacionada con la Declaración de la Renta.

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